Desde las 20, los camiones tendrán restricciones para circular durante el feriado
La medida se repetirá el jueves 29, y volverá a aplicarse el día lunes 2 de abril para el regreso.
El Ministerio de Transporte dispuso que desde las 20 de hoy quede restringida la circulación de camiones de más de 3.500 kilos en las rutas nacionales y en los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para facilitar el tránsito y prevenir siniestros durante el fin de semana largo.
La medida, dispuesta por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv), comenzará a implementarse esta noche de 20 a 23:59 y se repetirá el jueves 29, y volverá a aplicarse el día lunes 2 de abril de 20 a 23:59, para el regreso
La restricción autopistas de acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como la Riccheri, Ezeiza-Cañuelas, La Plata-Buenos Aires, entre otras, y las rutas nacionales 9, 12, 14, 3, 5, 7, 8, 9, y 11, entre otras.
Asimismo, la Ansv recordó las medidas de seguridad:
- El cinturón de seguridad es obligatorio para todos los ocupantes de vehículos, ya que su uso disminuye los riesgos de lesiones y muerte.
- Planificar el viaje con anticipación y contemplar las velocidades permitidas en las rutas.
- Dormir bien antes de salir y realizar descansos cada dos horas.
- Revisar el estado y presión de los neumáticos, porque son el único contacto del auto con el suelo y de ellos depende la estabilidad en el camino.
- Comprobar que los frenos, limpiaparabrisas y cinturones estén en óptimas condiciones.
- Durante el manejo no usar el celular, pantallas de video y otros elementos de distracción.
- Para los niños y bebés rige la obligación de viajar en el asiento trasero con su correspondiente silla o Sistema de Retención Infantil (SRI), acorde a su peso y su edad.
- Las mascotas también deben ir sujetas para su propia protección y evitar distracciones.
- La documentación exigida para circular es la licencia de conducir vigente, el DNI, la cédula de Identificación de vehículos (conocida como Cédula Azul o Verde), la oblea y Certificado de la Revisión Técnica Obligatoria (VTV -según la legislación donde se encuentra radicado el vehículo), el comprobante vigente de la póliza de seguro obligatorio, y ambas chapas patentes colocadas visibles, sin alteraciones, en buen estado y en lugar correspondiente. Además, también se puede exigir el comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (patente) y el comprobante y oblea vigente para el caso de vehículos que posean GNC.