Desde el 3 de junio se podrán justificar quienes no votaron
Según lo dispuso el Tribunal Electoral de Córdoba, aquellos que no votaron en las últimas elecciones provinciales se podrán excusar una vez finalizado el escrutinio definitivo y hasta el 16 de agosto.
El Tribunal Electoral de Córdoba dispuso que se podrá justificar la no emisión del voto en las últimas elecciones provinciales a partir del 3 de junio, una vez finalizado el escrutinio definitivo.
El plazo se extenderá hasta el 16 de agosto, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 148 de la Ley 9.571.
Las personas que no hayan votado deberán acercarse al Juzgado Electoral (Caseros 684, Córdoba) de 8 a 14, si se encuentra previsto en alguna de las causales del artículo 17 de la ley 9.571, con su DNI y con la documentación que justifique la no emisión de sufragio.
Las personas del interior de la provincia podrán acercar la presentación escrita a la sede judicial más cercana a su domicilio o enviar por correo postal al Juzgado sito en capital.
Cadena 3