Arresto domiciliario para el empresario Néstor Otero
Lo decidió la Cámara Federal porteña, con la firma de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
La Cámara Federal porteña concedió hoy el arresto domiciliario al empresario Néstor Otero, uno de los hombres de negocios detenidos por el escándalo de los cuadernos del chofer Oscar Centeno.
Lo
decidió la Cámara Federal, con la firma de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo
Bertuzzi, y revocaron una decisión de primera instancia del juez Claudio
Bonadio. Otero, de 79 años, había pedido la domiciliaria por
padecer hipertensión arterial, diabetes y registra antecedentes de hipertrofia
protática, bronquitis, y esteatosis hepática. "Entendemos
que corresponde conceder el beneficio peticionado, ya que un análisis lógico en
sentido humanitario, indica -sin duda alguna- que el nombrado, con una edad
avanzada, un estado de salud deteriorado y con las patologías crónicas,
evolutivas y no curables que reviste (sobre todo en relación a la atención de
la diabetes), pueda permanecer en su domicilio, atendido por sus médicos de
confianza y contenido por su núcleo familiar", sostuvieron los jueces. Otero,
según los jueces, está en una situación "altamente riesgosa en cuanto a su
estado físico, puesto que resulta de público conocimiento que una persona
longeva y con serios trastornos en su salud". También tuvieron en cuenta la situación de la
conyugue de Otero quien sufre de alzheimer y parkinson, "requiriendo
asistencia respiratoria y alimentación por botón gástrico circunstancia que por
demás amerita cuidados permanentes y contención afectiva de su familia".
"No sólo se destaca el delicado cuadro clínico del imputado al cual ya
hicimos alusión, sino que, a su vez, se verifican particularidades por las
cuales atraviesa su entorno íntimo, más específicamente su esposa, que no
pueden soslayarse al momento de resolver la incidencia", sostuvo el
Tribunal en su fallo al que accedió NA. Además,
evaluaron que para asegurarse la eventual sujeción de Otero a la causa
existen dispositivos electrónicos como ser pulseras y sistema de GPS, que
"de modo eficiente, pueden asegurar que el nombrado continúe cumpliendo
de manera estricta su detención".
"Sobre el punto, cabe advertir que una medida de esta índole que se
cumpla bajo una modalidad de restricción de menor entidad -como lo es el
arresto domiciliario- fundado en razones humanitarias, no puede implicar un
peligro procesal mayor, más cuando este beneficio presupone la prisión
preventiva, y no la libertad durante el proceso", concluyeron los
jueces.
(Fuente: NA)